jueves, 13 de enero de 2011

Que talito..... Santander

Siempre adelante, ni un paso atrás.... 


Esta tierra es rebelde por naturaleza, pero también una de las más trabajadoras y emprendedoras. Eso sí, los santandereanos son amablemente malgeniados.

De esa bravura nació la libertad con Manuela Beltrán. De ese vals si pasas por San Gil, define en cinco palabras a toda una región "Las bravas tierras de Santander". Lo sorprendente es que sus habitantes lo reconocen, gracias a la gran encuesta realizada por la revista Semana a Ipsos - Napoleón Franco, el 82 por ciento de los encuestados opina que uno de los principales defectos es ser "malgeniados, malhumorados y groseros".

Pero así como reconocen ese temperamento enérgico , según la encuesta, el 50 por ciento cree que su acento es más "fuerte" que el de los demás colombianos- también se sienten laboriosos y echados para adelante. El 68 por ciento de las personas encuestadas por Ipsos considera que la principal cualidad es ser "trabajadores,emprendedores y luchadores". El 49 por ciento dice, que además, son "hospitalitarios".

El 64 por ciento de los entrevistados cree que las relaciones entre Norte de Santander y Santander son positivas, y mucho más, por no decir que ciento por ciento, es el sentimiento de esta región por el resto del país. Si no fuera así, allí no habría nacido la independencia de Colombia.
                                                   datos revista "El Gran Santander" 2010.

martes, 11 de enero de 2011

! Que Talito.... La Salud ¡

10 PASOS SENCILLOS PARA MOVERTE A UN RITMO SALUDABLE

  1. Consume alimentos saludables (frutas y verduras), evita las grasas saturadas y mantén un peso adecuado.
  2. Con solo 30 minutos de actividad física diaria puedes ayudar a prevenir ataques cardíacos y derrames cerebrales.
  3. Evita el consumo de tabaco y reducirás el riesgo de enfermedad coronaria.
  4. Evita el alto consumo de sal, recuerda que la hipertensión arterial es el principal factor de riesgo.
  5. Asiste regularmente a consulta médica para conocer tu presión arterial, el colesterol, los niveles de glucosa y el índice de masa corporal (MC).
  6. Limita el consumo de alcohol para controlar el aumento en tu presión arterial y el incremento de peso.
  7. Asegura un ambiente libre de humo en el trabajo y en los lugares públicos, anima a tu empleador a prestar a aquellos que quieran dejar el tabaco.
  8. Incluye la actividad física en tu horario de trabajo; desplázate en bicicleta si es posible, usa las escaleras, haz ejercicio durante 5 minutos al día y anima a otros a hacer lo mismo.
  9. Elije opciones saludables de alimentos, ya sea en tu casa o en restaurantes donde ofrezcan comidas balanceadas.
  10. Propicia momentos libres de estrés, tomate el tiempo para almorzar fuera de tu ligar de trabajo, tomar aire y caminar.
"gente cuidado GENTE". Boletín Nueva EPS.



lunes, 3 de enero de 2011

SABIAS QUE? DONAR TE BENEFICIA EN TU DECLARACION DE RENTA

Manejo Tributario ,Contable y Administrativo

Concepto General


Debe entenderse que una donación como tal no es un gasto para la empresa o entidad, por no tener relación de causalidad con la actividad comercial o de servicios; “explico una empresa puede operar sin hacer donaciones”. El donante se beneficia en un 33% por el año gravable 2010 en adelante.

Sin embargo desde el punto de vista tributario es aceptada como deducción si se cumplen determinados parámetros establecidos en el Estatuto Tributario.

Otros elementos a tener en cuenta

* Las entidades sin ánimo de lucro como la Asociación o Fundación sin ánimo de lucro son entidades legalmente autorizadas para recibir donaciones si cumplen determinados requisitos .

* Las donaciones a la Asociación o Fundación pueden ser hechas por personas naturales o jurídicas.

* Las donaciones son deducibles del impuesto de renta para los contribuyentes obligados a presentar declaración de impuesto de renta.

* La deducción por donación está limitada al 30% de la renta líquida del contribuyente donante determinada antes de restar el valor de la donación.

* Si la Asociación o Fundación tuviera aprobación como centro de Investigación la limitación anterior no existiría.

Norma a tener en cuenta

Artículo 125 del E.T. Deducción por donaciones . Los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios dentro del país, tienen derecho a deducir de la renta el valor de las donaciones efectuadas, durante el año o período gravable, a:

Las asociaciones, corporaciones y fundaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto social y actividad correspondan al desarrollo de la salud, la educación, la cultura, la religión, el deporte, la investigación científica y tecnológica , la ecología y protección ambiental, la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y el acceso a la justicia o de programas de desarrollo social, siempre y cuando las mismas sean de interés general.

El valor a deducir por este concepto, en ningún caso podrá ser superior al treinta por ciento (30%) de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar el valor de la donación.

Otros requisitos que deben llenar las Asociaciones o fundaciones receptoras de Donaciones.Norma a tener en cuenta

ART. 125-1.—Requisitos de los beneficiarios de las donaciones. Cuando la entidad beneficiaria de la donación que da derecho a deducción, sea alguna de las entidades consagradas en el numeral segundo del artículo 125, deberá reunir las siguientes condiciones:

1. Haber sido reconocida como persona jurídica sin ánimo de lucro y estar sometida en su funcionamiento a vigilancia oficial.

2. Haber cumplido con la obligación de presentar la declaración de ingresos y patrimonio o de renta, según el caso, por el año inmediatamente anterior al de la donación.

3. Manejar, en depósitos o inversiones en establecimientos financieros autorizados, los ingresos por donaciones.

Qué tipo de donaciones son aceptadas fiscalmente?Norma a tener en cuenta

ART. 125-2.— Modalidades de las donaciones . Las donaciones que dan derecho a deducción deben revestir las siguientes modalidades:

1. Cuando se done dinero, el pago debe haberse realizado por medio de cheque, tarjeta de crédito o a través de un intermediario financiero.

2. Cuando se donen otros activos, su valor se estimará por el costo de adquisición más los ajustes por inflación efectuados hasta la fecha de la donación, menos las depreciaciones acumuladas hasta esa misma fecha.

3. No procede la deducción por concepto de donaciones, cuando se donen acciones, cuotas partes o participaciones, títulos valores, derechos o acreencias, poseídos en entidades o sociedades.

El Certificado de las Donaciones debe ser firmado por el Revisor Fiscal como requisitos para que sea reconocida la deducción.